De las siguientes situaciones indicamos cuáles constituirían un accidente de trabajo (AT), cuáles una enfermedad profesional (EP) y cuáles no serían consideradas ni enfermedad profesional ni accidente de trabajo: 1) Juana, es profesora en un centro educativo y acaba de comprobar que el falta un tubo fluorescente a una de las lámparas de su clase, se sube a una mesa para cambiarlo, pero la mesa está un poco coja y, al tambalearse, hace que Juana caiga al suelo y se rompa un brazo. En este caso es un AT ya que no viene derivado de su trabajo en si 2) Elisa sufre un accidente de tráfico al salir de trabajar y dirigirse a su casa en su vehículo. En este caso es un AT ya que ocurre a la salida del trabajo y por la ruta habitual del trabajador. 3) Bienvenido ha demostrado en un juicio que la enfermedad que sufre ha sido provocada por su trabajo, pero su enfermedad no está reconocida para su profesión en el RD 1299/2006 de 10 de diciembre sobre enfermedades profesionales. En...